Los accidentes de tránsito por exceso de velocidad son lamentablemente muy comunes en Veracruz, México y el mundo entero.
Más allá de la pérdida de control que puede ocasionar un exceso de velocidad, por ejemplo, al tomar una curva o adelantar a otro coche, también los excesos de velocidad inciden en la distancia de reacción y distancia de detención.
La OMS determinó ciertas variables asociadas a los riesgos, velocidad y frenado en alguna maniobra. Por ejemplo, si vas a 48 km/h y debes frenar repentinamente, vas a avanzar 9 metros, conocido como distancia de reacción, y durante la frenada van a pasar otros 14 metros. Es decir, vas a recorrer 23 metros antes de poder detenerte completamente si vas a 48 km/h.
Ahora, si vas en una autopista o carretera estatal a gran velocidad, los contratiempos pueden ser mayores. Si vas a 100 millas/hora (96 km/h) la distancia de reacción es de 18 metros y la de frenado de 55 metros, recorriendo 73 metros en total antes de detenerse. Bastante.
El llamado es a tener ojo a la velocidad con la que se conduce, pues el principal peligro está ahí.
Según el Reglamento de Tránsito del estado de Veracruz, en su artículo 75, cuando no se especifican las velocidades máximas en algún punto del estado, se establece por convención lo siguiente:
Zona | Velocidad mínima permitida | Velocidad máxima permitida |
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Carreteras estatales | 60 km/h | 80 km/h |
Avenidas 3, 4 carriles por lado | 40 km/h | 80 km/h |
Avenidas divididas por camellón | 40 km/h | 60 km/h (vehículos de transporte de pasajeros y carga, 40 km/h) |
Vialidad primaria, no avenida | 40 km/h | 60 km/h (vehículos de transporte de pasajeros y carga, 40 km/h) |
Calles menores | 20 km/h | 40 km/h (vehículos de transporte de pasajeros y carga, 30 km/h) |
Zonas escolares, hospitales, templos y frente a centros de reunión debidamente indicados | No se informa | 20 km/h |
Zonas urbanas y de población densa | No se informa | 60 km/h |
Zonas no urbanas | No se informa | 80 km/h |
Las faltas por exceder los límites de velocidad son consideradas Leve. Eso sí, si se trata de transporte público, el exceso de velocidad es considerado una falta Muy grave.
A la vez, si se excede en 30 km/h el límite máximo de velocidad autorizado por el reglamento, se considera que es una velocidad inmoderada y pasa a ser una falta Muy Grave.
Si nos detenemos un poco en esto, la clasificación de gravedad que hace el reglamento, en su artículo 330, se determina de la siguiente manera:
Las siguientes son las infracciones de tránsito relacionadas con los límites de velocidad en Veracruz:
Infracción | Multa en días de salario mínimo | Valor en 2024 |
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Adelantar o rebasar vehículo, cuando este circule a velocidad máxima permitida. | 50 a 70 | $12,446.5 a $17,425.1 |
Exceder los límites de velocidad establecidos. | 15 a 20 | $3,733.95 a $4,978.6 |
No disminuir su velocidad en presencia o concentración de peatones. | 70 a 80 | $17,425.1 a $19,914.4 |
No disminuir velocidad al pasar vibradores. | 15 a 20 | $3,733.95 a $4,978.6 |
No respetar velocidad máxima en zonas escolares de 20 km/hora. | 75 a 80 | $18,669.75 a $19,914.4 |
Transitar a velocidad menor que la velocidad mínima autorizada. | 15 a 25 | $3,733.95 a $6,223.25 |
Transitar a velocidad inmoderada. | 70 a 80 | $17,425.1 a $19,914.4 |
El transporte público de pasajeros en cualquier modalidad exceder el máximo de velocidad de 40/h. | 60 a 80 | $14,935.8 a $19,914.4 |
Vehículos del transporte público de pasajeros colectivo, superar en más de un 10% las velocidades máximas autorizadas. | 41 a 61 | $10,206.13 a $15,184.73 |
Es bueno que sepas que el Reglamento de Tránsito de Veracruz establece que quienes paguen su multa durante los primeros 5 días tendrán un 50% de descuento en el monto de la infracción. La única salvedad es la multa por conducir en estado de ebriedad, en cuyo caso no hay descuento.
El artículo 79 del Reglamento de Tránsito en Veracruz además entrega buenos consejos para evitar accidentes o imprevistos al volante:
“Los conductores deberán limitar la velocidad de sus vehículos, tomando en cuenta sus condiciones físicas, las características y el estado de la vía pública, las condiciones del tránsito, las características del vehículo y su carga, las condiciones meteorológicas y ambientales, y cualquier otra circunstancia, a fin de que pueda detener su vehículo con la anticipación necesaria, ante la presencia de cualquier objeto inesperado en las vías públicas o de alguna circunstancia fortuita”.