Para quienes cuentan con permisos para realizar servicios de autotransporte federal, servicios auxiliares o transporte privado, pueden tramitar la reposición de la tarjeta de circulación o placas expendidas por la Secretaría de Comunicación y Transportes (SCT). Las razones pueden ser:
A continuación, te dejamos todo lo que necesitas saber para reponer tu tarjeta de circulación federal.
Para realizar el trámite de reposición de tarjeta de circulación o placas, debes presentar los siguientes documentos en original y copia:
Debes acudir a la Dirección General de Autotransporte Federal, ubicada en Calzada de las Bombas No. 411, Los Girasoles, Coyoacán, Código Postal 04920, Ciudad de México, y/o en los Departamentos de Autotransporte Federal disponibles.
Recuerda que este trámite también te sirve para reponer las palcas de circulación, sus costos son los siguientes:
Trámite | Pesos mexicanos |
---|---|
Reposición Placas | $1,336.00 |
Tarjeta de circulación | $273.00 |
Las multas en carreteras federales se constituyen con cuotas diarias, que corresponden a días de salario mínimo general vigente ($248.93 para 2024).
Según el Reglamento de Tránsito de Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, la multa por no portar placas o tarjeta de circulación es de 15 a 20 días de salarios mínimos, es decir, entre $4,978.6 y $9,957.2, según los valores vigentes para el ejercicio fiscal de 2024.
Para pagar una multa federal, debes, primero que nada, obtener una línea de captura. Puedes hacerlo de tres formas:
Luego, debes dirigirte con la línea de captura a cualquier sucursal BBVA BANCOMER, o en las Oficinas de Registro de Infracciones para realizar el pago a través de Terminal Punto de Venta (TPV), mediante tarjeta de débito o crédito (VISA o MasterCard).
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, puedes acceder a los siguientes descuentos en las multas de Carreteras Federales:
Según lo establecido en el artículo 226 del mencionado Reglamento, "en los términos establecidos por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las multas podrán ser recurridas por el infractor o por su representante legal ante la Coordinación Estatal a la que esté o se encontraba adscrito el Policía Federal que la haya impuesto, mediante el recurso de revisión.
En su defecto, se podrá promover juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en los términos y formas señalados por las disposiciones aplicables".